Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Las transferencias entre empresas por Apps de pago pagarán el impuesto al cheque

A través del decreto 301 publicado en el Boletín Oficial, el gobierno dispuso que a partir del 1 de agosto las operaciones de compra y venta realizadas a través de Proveedores de Servicios de Pago (PSP) estarán alcanzadas por el impuesto a los débitos y créditos bancarios, más conocido como “impuesto al cheque”. El impuesto alcanzará exclusivamente a las operaciones de personas jurídicas (esto es, empresas) que operan a través de Mercado Pago, Ualá y cualquier otro de los 55 PSPs listados en el respectivo registro del Banco Central.

De este modo, los Proveedores de Servicios de Pago empezarán, a partir de agosto, a actuar como agentes de liquidación y percepción del impuesto a los débitos (0,6%) y a los créditos (0,6%), al igual que las operaciones a través de bancos y financieras, que venían reclamaban esta medida, por considerar que los PSP teníanuna ventaja fiscal o competitiva, al no ser afectados por el impuesto al cheque.

Al respecto, el decreto invoca “que uno de los principios del derecho tributario es la igualdad en el tratamiento impositivo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la Constitución Nacional, el Estado debe resguardar la competencia en igualdad de condiciones”.

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“El Decreto 301 exime a las cuentas de pago utilizadas por personas humanas a los efectos de que tengan el mismo beneficio que hoy tienen las cajas de ahorro abiertas en los bancos. Esto es importante dado el avance del comercio electrónico y la utilización de las cuentas de pago provistas por PSP. Si no se eximen del impuesto a las cuentas de pago de personas humanas, estas podrían tratar de pasar en forma total o parcial su operatoria a la utilización de dinero en efectivo que es algo que hay que tratar de evitar. Además la operatoria en efectivo puede incentivar la evasión de los impuestos”, señaló el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

NT

 

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