Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CONVOCATORIA A LA AUDIENCIA PÚBLICA «PARQUE LINEAL HONORIO PUEYRREDÓN»

Resolución Presidencia Junta Comuna

Número: RS-2022-19576301 -GCABA-COMUNA6

Referencia: EX-2022-18942333- -GCABA-COMUNA6 (Audiencia Pública «Parque Lineal – Honorio Pueyrredón» )

VISTO: Las Leyes Nros. 6, 1777 (textos consolidados por Ley N° 6.347), y 6.306; la Resolución N° 210-SSGCOM/20, el EX-2022-18942333- -GCABA-COMUNA6; y

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CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente citado en el Visto tramita la convocatoria a audiencia pública temática para el proyecto “Parque Lineal – Honorio Pueyrredón” a los efectos de conocer la opinión de la ciudadanía de la Comuna 6;

Que el referido proyecto tiene por objeto la reconfiguración de la avenida Honorio Pueyrredón de esta Ciudad, propiciando la incorporación de una nueva superficie verde, peatonal y recreativa; mejorando las condiciones ambientales del entorno y ampliando la oferta de espacio público;

Que asimismo, el parque lineal contempla la ejecución de patios de juegos y sectores de uso recreativo distribuidos a lo largo del corredor siguiendo las recomendaciones surgidas a través de procesos de participación ciudadana;

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Que la Ley 6 regula el instituto de la audiencia pública, y en su artículo 13 establece que las Comunas pueden convocar las mismas conforme lo establezca la ley que prescriba su organización y competencia;

Que la Junta Comunal es la autoridad convocante y el presidente de la misma preside la audiencia pública;

Que los participantes deben tener domicilio en la Comuna 6, según lo normado por el artículo 15 inciso b) de la mencionada Ley;

Que la Ley Nº 1777 regula las normas de organización, competencia y funcionamiento de las Comunas, y en su artículo 26 enumera las atribuciones y obligaciones de la Junta Comunal, entre las cuales figura “j. Convocar a audiencias públicas y consulta popular en el ámbito de la Comuna”;

Que el artículo 15 de la Ley N° 6 establece que cada Comuna debe constituir una unidad administrativa que funcione como organismo de implementación encargado de organizar la Audiencia Pública que sea convocada por ésta;

Que el Anexo II del Decreto N° 251/AJG/14 describe las acciones establecidas para la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa, entre las que se encuentran la de: “…Intervenir en toda tramitación de carácter administrativo, supervisando el cumplimiento del encuadre en las normas legales y reglamentarias vigentes”;

Que por ello corresponde designar a la Gerencia Operativa Gestión Administrativa como unidad administrativa con las facultades establecidas por el artículo 15 de la citada Ley;

Que, teniendo en cuenta que la realización de audiencias públicas constituye una instancia de participación en el proceso de toma de decisión administrativa o legislativa, se ha considerado conveniente realizar la convocatoria a una audiencia pública bajo la modalidad presencial;

Que la mencionada audiencia se ajustará al «Protocolo para la realización de Audiencias Públicas virtuales o mixtas en el marco de la Ley N° 6 y su modificatoria N° 6.306», aprobado por Resolución N° 210-SSGCOM/20;

Que el protocolo mencionado establece las pautas generales para que todos los ciudadanos interesados puedan participar en la Audiencia de manera presencial, y que tanto ellos como el personal encargado de la organización tome las acciones necesarias, en el ámbito de su realización, con el objeto de prevenir y gestionar de manera adecuada los riesgos generales de transmisión del Covid-19;

Que la Gerencia Operativa Gestión Administrativa de esta Comuna tomó la intervención en el marco de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 63 y 127 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las atribuidas por los artículos 13 y 14 de la Ley N° 6,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL Nº 6

RESUELVE:

Artículo 1°.- Convócase a Audiencia Pública Temática a desarrollarse bajo la modalidad presencial de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° bis de la Ley N° 6 (modificado por Ley N° 6.306) para el día 30 de junio de 2022 a las 19 horas, con el objeto de que los interesados presenten las observaciones y opiniones que consideren pertinentes con relación al proyecto “Parque Lineal – Honorio Pueyrredón”, que como Anexo I (IF-2022-19560649-GCABA-COMUNA6), que forma parte integrante a todos sus efectos de la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Audiencia Pública Temática convocada en el artículo 1° se realizará en la confitería “El Greco” sita en Av. Rivadavia N° 5353, primer piso, de la Comuna 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que puedan asistir presencialmente aquellos participantes debidamente inscriptos, debiéndose garantizar la distancia social entre los asistentes así como el cumplimiento de todas las medidas sanitarias aprobadas por Resolución N° 210-SSGCOM/20.

Artículo 3°.- La presente convocatoria se dirige a toda persona humana o jurídica que pueda invocar un derecho subjetivo, interés legítimo, simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con el objeto de la audiencia y al público en general. Podrán asistir en carácter de participantes quienes posean domicilio en la Comuna 6, correspondiente al barrio de Caballito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se inscriban previamente en el registro habilitado a tal efecto.

Artículo 4°.- Establécese que el Organismo de Implementación encargado de organizar la Audiencia

Pública es la Gerencia Operativa Gestión Administrativa dependiente de esta Junta Comunal N° 6, con domicilio en la Av. Patricias Argentinas N° 277, Planta Baja, (Correo Electrónico: participaciónciudadana6@buenosaires.gob.ar, Teléfono 1158446631), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que deberá disponer la apertura del Registro de Participantes.

Artículo 5°.- La inscripción de participantes, vista del expediente y presentación de documentación comienza el día 2 de junio de 2022 y finaliza el día 24 de junio de 2022. Los interesados podrán inscribirse, tomar vista y presentar documentación a través de internet, enviando un correo electrónico a la dirección participaciónciudadana6@buenosaires.gob.ar, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 40, inciso d) y 47 de la Ley N° 6. Por su parte, quienes no cuenten con medios electrónicos para realizar la inscripción y presentación de documentación, podrán realizarlo comunicándose al teléfono 1158446631, de lunes a viernes en el horario de 11.00 a 16.00 horas.

Artículo 6°.- Para la celebración de la Audiencia deberá darse cumplimiento con el «Protocolo para la realización de Audiencias Públicas virtuales o mixtas en el marco de la Ley N° 6 y su modificatoria, N° 6.306», aprobado por Resolución N°210-SSGCOM/20.

Artículo 7°.- La difusión de la Audiencia Pública debe ser realizada de acuerdo a lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley N°6 (texto consolidado por Ley N° 6.347 y modificado por Ley N° 6.306).

Artículo 8°.- Designase como Presidente de la Audiencia Pública al Presidente de la Junta Comunal Nº 6.

Artículo 9°.- La coordinación de la Audiencia Pública estará a cargo de funcionarios de la Junta Comunal 6, debiendo concurrir a la misma funcionarios de la Subsecretaría de Paisaje Urbano y de Planificación de la Movilidad, quienes aportarán la información técnica que fuere requerida.

Artículo 10.- Los gastos que insuma la realización de la Audiencia Pública que se convoca por la presente serán afrontados con fondos provenientes de la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 11.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de dos (2) días, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Gestión Administrativa de esta Comuna N° 6, quien comunicará a las Subsecretarías de Paisaje Urbano y de Planificación de la Movilidad, y practicará las publicaciones establecidas en el artículo 44 de la Ley N° 6. Cumplido, archívese.

Fuente: Revista Horizonte

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