Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciones y multas de hasta $ 200 millones a las empresas que incumplan el acuerdo de precios

(CABA) Entre las medidas del paquete económico para paliar la crisis que el Gobierno anunció la semana pasada estaba la de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece un nuevo régimen de Lealtad Comercial, que tendrá entre sus objetivos frenar conductas monopólicas y evitar abusos.

El DNU se publicó hoy en el Boletín Oficial a través del Decreto 274/2019 y prevé desde multas de hasta $ 200 millones hasta la clausura por 30 días de los establecimientos para quienes no cumplan con el acuerdo de precios convenido con 16 compañías que fabrican los 64 productos de primera necesidad que integran el paquete de precios congelados, que no aumentarán hasta noviembre.

Artículos relacionados

La resolución modifica la normativa que estaba vigente desde la última dictadura militar y tiene 77 artículos, agrupados bajo ocho secciones. El primero tiene que ver con la “competencia desleal”. En el artículo 4 indica que se aplicará la ley “en cualquier acto de competencia desleal, realizado antes, durante o después de una operación comercial o contrato, independientemente de que éste llegue a celebrarse”.

TAMBIEN PUEDE INTERESARTE
Cuándo es el próximo feriado y fin de semana largo

Publicidad

Mientras que en el artículo 8 determina que para identificar un acto de competencia desleal “no será necesario acreditar la generación de un daño,pudiendo éste ser actual o potencial”. Entre los actos de competencia desleal explica en el artículo 10 que se trata de los casos en los que haya “engaño” o “confusión” respecto a la fabricación, naturaleza, origen o distribución de los productos y servicios.

Se castigarán también la venta por debajo del precio de adquisición o fabricación para eliminar u obstaculizar a un competidor y las situaciones en las que se produzcan violaciones de normas o que se saquen ventajas a la competencia por este tipo de maniobras.

Una de las intenciones de la iniciativa oficial es además proteger a las Pymes. En este sentido en el inciso D se refiere de los casos de “Abuso de situación de dependencia económica”, en las situaciones en las que se busque “explotar la situación de dependencia económica en que pueda encontrarse una empresa cliente o proveedora” y se le pidan descuentos o condiciones “adicionales que no se conceden a compradores similares”.

Publicidad

En el punto E habla sobre la “obtención indebida de condiciones comerciales”. Indica que se considerará desleal “la obtención, bajo la amenaza de ruptura de las relaciones comerciales, de precios, condiciones de pago, modalidades de venta, pago de cargos adicionales y otras condiciones no recogidas en el acuerdo pactado o sin razones fundadas en los usos y costumbres comerciales”.

Mientras que el punto II apunta a luchar contra la publicidad engañosa y prohíbe la publicidad comparativa “que aluda explícita o implícitamente a un competidor, o a su marca, o a los productos o servicios ofrecidos por él”. Mientras que el título III determina nuevas condiciones para la identificación de los productos, en especial respecto a su origen.

En tanto que el artículo IV es uno de los claves de la reforma de la ley. Le otorga a la Secretaría de Comercio Interior, que es la autoridad de aplicación de la norma, más facultades para controlar conductas desleales.

TAMBIEN PUEDE INTERESARTE
Margarita Barrientos, sobre las medidas: “Por más que digan que bajan los precios, nunca bajan”

El DNU fija un nuevo procedimiento administrativo para la resolución de los conflictos y establece fuertes multas para quienes no cumplan con los parámetros que determina la nueva ley. Entre las sanciones que prevé fija una multa de hasta 10 millones de unidades móviles ($ 200 millones de pesos) cuyo valor se actualiza por el Indice de Precios al Consumidor y la clausura del establecimiento por un plazo de hasta 30 días.

Sanciona además con la suspensión del Registro Nacional de Proveedores del Estado por hasta cinco años, la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales y la clausura de hasta 30 días.

El DNU apunta también a reforzar la ley de Defensa del Consumidor y establece el “Sistema Electrónico de Resolución de Conflictos“, que será de uso obligatorio para los proveedores y prestadores. El objetivo es que los reclamos individuales de los consumidores puedan resolverse con mayor rapidez que en la actualidad. NR

La entrada Sanciones y multas de hasta $ 200 millones a las empresas que incumplan el acuerdo de precios aparece primero en Parabuenosaires.

Artículos relacionados

22 Comentarios.

  1. Hello! I could have sworn I’ve been to this blog before but after browsing through some of the post I realized it’s new to me. Anyways, I’m definitely happy I found it and I’ll be book-marking and checking back frequently!

  2. Howdy would you mind stating which blog platform you’re using? I’m going to start my own blog soon but I’m having a difficult time making a decision between BlogEngine/Wordpress/B2evolution and Drupal. The reason I ask is because your layout seems different then most blogs and I’m looking for something completely unique. P.S My apologies for getting off-topic but I had to ask!

  3. Hi there! Someone in my Facebook group shared this site with us so I came to give it a look. I’m definitely enjoying the information. I’m book-marking and will be tweeting this to my followers! Terrific blog and great style and design.

  4. Together with every little thing that seems to be developing throughout this specific subject material, all your viewpoints tend to be quite radical. Nevertheless, I appologize, because I can not give credence to your entire plan, all be it stimulating none the less. It seems to everyone that your commentary are generally not entirely justified and in actuality you are yourself not thoroughly confident of the assertion. In any case I did appreciate reading through it.

  5. Very nice article and right to the point. I am not sure if this is truly the best place to ask but do you people have any thoughts on where to hire some professional writers? Thanks 🙂

  6. Whats up very nice website!! Guy .. Excellent .. Amazing .. I will bookmark your website and take the feeds also?KI’m satisfied to seek out numerous useful info here within the publish, we’d like work out more strategies in this regard, thank you for sharing. . . . . .

  7. Simply wish to say your article is as surprising. The clearness on your publish is just cool and that i could suppose you’re a professional on this subject. Fine with your permission let me to snatch your RSS feed to stay up to date with coming near near post. Thank you 1,000,000 and please continue the rewarding work.

  8. I simply could not depart your website before suggesting that I really loved the standard information an individual provide on your visitors? Is going to be again steadily to check up on new posts

  9. You made some fine points there. I did a search on the subject matter and found the majority of persons will have the same opinion with your blog.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver al botón superior

Adblock Detectado

En este sitio vivimos de la publicidad de anuncios, por favor para navegarlo quitá tu Bloqueador de Anuncios.