(CABA) A fines de 2018, el Ministerio del Interior de la Nación confirmó qué días serán feriados inamovibles, cuáles serán trasladables y aquellos no laborables. En el caso del 25 de mayo, el cual cae sábado, está dentro de los considerados inamovibles. Es decir que no será trasladado a otra fecha y deberá respetarse el día exacto en el que figura en el almanaque.
Las dudas comenzaron a surgir en las redes sociales, lugar en el que los usuarios se plantearon el interrogante: el feriado no se trasladará al viernes ni al lunes y se conmemorará el propio sábado 25.
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En las últimas horas, desde la Unión de Tranviarios Automotor (UTA) confirmaron que ese día no habrá servicios de transportes en todo el país.
El calendario 2019 incluyó, desde principio de año, 19 feriados, entre los cuales sólo 3 fueron programados como «puente» con fines turísticos. Además, se establecieron otros 15 días que serán no laborables exclusivamente para integrantes de la comunidad armenia, judía e islámica.
Los feriados no laborables que quedan para 2019:
-Junio:
Martes 4 de junio, día no laborable para la comunidad islámica por la Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán.
Lunes 17, feriado por Paso a la inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes.
Jueves 20, feriado por Paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano.
-Julio:
Lunes 8, feriado puente.
Martes 9, feriado por el Día de la Independencia.
-Agosto:
Sábado 17, feriado por Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
Lunes 19, feriado puente.
Sábado 31, año nuevo islámico.
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-Septiembre:
Domingo 29 y lunes 30, Año Nuevo Judío.
-Octubre
Martes 1°, Año Nuevo Judío.
Martes 8, Miércoles 9, Día del Perdón.
Sábado 12, feriado por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Lunes 14, feriado puente.
–Noviembre:
Lunes 18, feriado por el Día de la Soberanía Nacional
–Diciembre:
Domingo 8, feriado por el Día de la Inmaculada Concepción de María.
Miércoles 25, feriado por Navidad.
Los feriados inamovibles y los feriados trasladables se rigen por la Ley 27.399, sancionada por el Congreso en 2017. ¿Qué se entiende por día no laborable? Es una fecha donde el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En otras palabras, el descanso queda supeditado a la voluntad de la compañía. NR
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