Ciudad Autónoma de Buenos Aires

La Justicia porteña ordenó a ObSBA cubrir el tratamiento de fertilización de una pareja

(CABA) Según confirmaron fuentes vinculadas a la causa, la jueza en lo contencioso administrativo de la Ciudad de Buenos Aires Elena Liberatori ordenó a una obra social cubrir el tratamiento de fertilización asistida pedido por una pareja que carece de fondos para ese procedimiento médico.

La orden a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) es para que la mujer pueda hacer el método I.C.S.I. (Intra Citoplasmic Sperm Injection) por Ovodonación y de F.I.V. (Fecundación in Vitro), además de la eventual criopreservación, en el Centro Especializado de Reproducción (CER) del organismo.

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La magistrada, quien ya había dispuesto una medida cautelar para que se garantizara la asistencia a la pareja, tomó la decisión definitiva ante la acción de amparo iniciada, que invocó los derechos contemplados en la ley 26.862 (Reproducción Médicamente Asistida).

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De acuerdo a lo que habían dictaminado los médicos, la mujer padece un cuadro que le impide la concepción de un embarazo sin acudir a las técnicas de reproducción asistida de alta complejidad. Como se comprobó que el hombre tiene capacidad reproductiva, los médicos de la pareja prescribieron el tratamiento “con semen homólogo y congelamiento de pre-embriones (incluyendo dos cánulas de criopreservación)”. Sin embargo, ObSBA rechazó esa cobertura.

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Al responder una carta documento enviada por la pareja, la obra social argumentó su potestad legal para establecer sus propios procedimientos de acceso a los diferentes programas de salud para su universo de afiliados.

La juez recordó que “fue necesario el dictado de la medida cautelar dispuesta para que la accionada cubra en un 100 por ciento la totalidad de las prestaciones y tratamientos prescriptos por la médica tratante a los amparistas”. A su vez, la jueza Liberatori destacó que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a los “derechos reproductivos y sexuales” como “humanos y básicos”. NR

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